Centro de Conciliación Arbitraje y Amigable Composición
“¡venga!” conciliemos
Conciliación:
La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian. (Ley 2220 de 2022.)
Asuntos conciliables:
Todas las materias que sean susceptibles de transacción, desistimiento y los derechos de los cuales su titular tenga capacidad de disposición.
Por ejemplo: Fijación de cuota alimentaria, controversias contractuales, Responsabilidad civil extracontractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales, propiedad horizontal particularmente cuota de administración, conflictos de convivencia, custodia de hijos y regulación de visitas. Entre otros.
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Trámite de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante – Sede Cartagena
Es un trámite que le permite al deudor celebrar un nuevo plan o acuerdo de pago con su acreedores en atención a las condiciones económicas que en la actualidad tiene. Conforme a lo regulado en la materia por el Código General Del Proceso.
Requisitos para acogerse al trámite:
Que la persona natural no comerciante se encuentre en cesación de pagos, es decir, incumpla el pago de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores por más de noventa (90) días, o contra el cual cursen dos (2) o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva
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Suscripción de Acuerdos de apoyo y/o Directivas Anticipadas:
Los acuerdos de apoyo son un mecanismo de apoyo formal por medio del cual una persona, mayor de edad, formaliza la designación de la o las personas, naturales o jurídicas, que le asistirán en la toma de decisiones respecto a uno o más actos jurídicos determinados.
Las directivas anticipadas son una herramienta por medio de la cual una persona, mayor de edad puede establecer la expresión fidedigna de voluntad y preferencias en decisiones relativas a uno o varios actos jurídicos, con antelación a los mismos. Estas decisiones pueden versar sobre asuntos de salud, financieros o personales, entre otros actos encaminados a tener efectos jurídicos. (Ley 1996 del 2019
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Arbitraje:
Es un mecanismo establecido en La Constitución Política y en la Ley, mediante el cual, las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible, delegan expresamente su solución a un Tribunal de arbitramento, integrado por uno o tres árbitros especialistas en el tema a dirimir, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral, la cual tiene los mismos efectos de una sentencia proferida por los jueces de la República.
Amigable Composición:
Es el mecanismo mediante el cual dos o más partes involucradas en un conflicto, delegan en un tercero, denominado amigable componedor, la facultad de precisar, con fuerza vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de cumplimiento de un negocio jurídico.
